ACM

Desde el 9 de septiembre de 2003, mantenemos un convenio de colaboración en el ámbito de los seguros con l’Associació Catalana de Municipis i Comarques (ACM).  

 

Este convenio se hizo efectivo partiendo de las siguientes premisas:

> Conscientes del incremento de la complejidad y fuentes de problemas de los entes locales, de los seguros de su patrimonio y responsabilidad.

> A causa del incremento de las reclamaciones a las que tienen que hacer frente las Administraciones.

> Frente la necesidad de ofrecer una cobertura de mejor calidad en los riesgos.

 

En Ferrer&Ojeda, asesoramos y analizamos las necesidades de cada uno de los locales asociados con 4 objetivos:

> Mejorar la tarea técnica y jurídica de contratación de los diferentes riesgos.

> Optimizar los trámites y costes en función de cada caso.

> Ofrecer la gestión adecuada así como el asesoramiento técnico, jurídico y de trámite en la resolución de los posibles siniestros que puedan ocurrir.

> Auditar periódicamente los riesgos y contratos en vigor con el objetivo de adaptarlos a nuevas necesidades y circunstancias.

 

Coberturas que ofrecemos:

> Asesoramiento técnico y jurídico en el ámbito de los seguros

> Gestiones y trámites en contratos y siniestros.

> Estudio y análisis de las necesidades del Ayuntamiento. Inventario patrimonial.

> Diseño conjunto de los productos con el objetivo de adaptarlos a la realidad de cada Ayuntamiento:   

Daños materiales sobre bienes patrimoniales.

Daños consecuenciales: pérdidas económicas.

Responsabilidad Civil.

Avería de maquinaria.

Transportes.

Exposiciones y muestras.

Suspensión de espectáculos/Contingencias.

Etc.

> Seguros colectivos especiales (Vida, Accidentes, Salud, Ahorro, Jubilación, Pensiones, etc.) para regidores, funcionarios y personal contratado.

> Condiciones preferenciales de los funcionarios y personal contratado municipal, así como sus familiares en la contratación de sus seguros personales.

> Defensa jurídica (defensa y reclamación de daños, defensa de los derechos propios del Ayuntamiento frente a reclamaciones o perjuicios provocados por terceros así como la defensa penal de regidores y funcionarios para reclamaciones recibidas en el ejercicio de su cargo, reclamación de daños y responsabilidad de bienes en la vía pública, contratos laborales, etc.)

 

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