Edificios

La vivienda en una comunidad de propietarios puede comportar la contratación de un seguro comunitario para cubrir los riesgos que puedan afectar a todo el edificio. Esta modalidad ofrece una cobertura combinada de riesgos diferentes, tanto en daños a la propiedad, como en lo referente a la responsabilidad civil que la comunidad pueda tener frente a terceros por daños que puedan imputársele.

 

Debemos recordar que para complementar la cobertura que precisa nuestro hogar, el seguro de Comunidad cubre a la globalidad del edificio como “continente”. Sin embargo, los bienes de los contenidos no comunitarios, así como las mejoras de edificio incorporadas privativamente por los propietarios en sus viviendas, deben asegurarse por las pólizas de “combinado hogar” que cada propietario decida contratar. Igualmente, la responsabilidad civil privativa y familiar se excluye de las prestaciones de la póliza  comunitaria.

Los riesgos, como causa de daño, son similares a los propios de una vivienda “Combinado Hogar”: incendio, explosión, robo, cristales, agua, climatológicos, etc. 

Creemos que es vital definir correctamente los capitales y también recomendamos pactar la modalidad de valor a nuevo. Ya que una Comunidad de Propietarios puede tener características que la convierten en potencialmente vulnerable. Por ello, resulta imprescindible que, en una primera fase, un profesional intervenga en la prevención y posteriormente en su cobertura. En Ferrer&Ojeda ponemos a tu disposición el mejor grupo de profesionales que te acompañarán durante todo el proceso. 

 

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